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1.-El comprador podrá ver durante el periodo que esté expuesto, 24 horas antes de la subasta, las propiedades a subastar, físicamente. 2.- El comprador que esté interesado en alguna vivienda, plaza de garaje, trastero o local comercial tendrá que depositar en la cuenta un importe único de tres mil euros por cada bien inmueble por el que quiera pujar. 3.- En el supuesto de que no se le adjudicara la propiedad se procederá a la devolución del depósito al término de la subasta. 4.- La subasta se realizará siempre por la mañana a partir de las diez hasta su término, para que así se proceda en el mismo día a la devolución del depósito al término de la misma. 5.- Previo a la adjudicación de cualquier participante, se podrá acordar la forma de pago total. siendo ésta no superior a tres meses, ofreciendo al compredor una hipoteca sin ningún tipo de gastos por parte del grupo subastador. 6.- Cuando participe un comprador que sea sociedad mercantil o persona física, para pujar por un solar o un edificio con o sin inquilinos, el depósito a realizar será de un 10% valor de salida; y en el supuesto de que no adjudicarse la devolución del mismo se efectuará como en el apartado tres. 7.- Cualquier licitador que participe en la subasta debe informar a la entidad subastadora cuál será la forma de pago del bien final. 8.- Si cualquier licitador que se haya adjudicado una propiedad y no efectúe el pago final según lo acordado, no recibirá el depósito entregado, autorizando la cesión del mismo a la entidad subastadora en concepto de honorarios. 9.- Los licitadores a parte del precio de adjudicación de la subasta tendrá que abonar a la entidad subastadora el 3% del precio de venta en concepto de honorarios profesionales.
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